| DIFERENCIAS A efectos prácticos no hay ninguna diferencia entre ambas opciones. Estamos hablando de preferencias y de posibilidades económicas. La vivienda nueva suele tener mejores prestaciones. Por el contrario la vivienda de segunda mano tiene a favor el precio y, normalmente, mejor situación. Las viviendas de segunda mano, son más antiguas y suelen estar en el centro de la ciudad. La vivienda nueva o en promoción, normalmente estará en barrios nuevos o zonas de expansión urbanística, como es el caso de los llamados PAU (Planes de Actuación Urbanística), que son zonas donde los ayuntamientos planean desarrollar miles de viviendas donde hoy sólo hay unas tierras. En la práctica no hay ninguna diferencia... al final, compraremos una finca registral... iremos al notario y la casa será nuestra. Es verdad que algunas diferencias nos encontramos en el camino y que iremos viendo a lo largo de estas líneas. La casa nueva o en promoción puede estar acabada o no. Si está en la fase de construcción, hay una gran diferencia: estamos comprando un "futuro", algo que no existe todavía y por tanto tiene un tratamiento especial. Si ya está terminada es igual que la de segunda mano, sólo que en este caso, el vendedor, en vez de ser el señor X, es la constructora X. A nivel de la hipoteca también hay diferencias, ya que "nadie puede hipotecar lo que no es suyo" y si compramos en la fase de construcción no podemos hipotecar ya que la finca no es nuestra todavía y, por tanto, es el promotor el que nos debe dar facilidades hasta la terminación de la obra y la entrega de llaves. El proceso es muy parecido ... Vivienda nueva, un poco más laborioso Si compramos una vivienda en la fase de promoción, los pasos que vamos a seguir son: 1º Firmaremos una señal. 2º Firmaremos un contrato que indicará la fecha de fin de la obra con la entrega de llaves, y los pagos que debemos hacer al promotor hasta esa fecha(más el IVA correspondiente). Esta cantidad puede ser aproximada al 20% del precio total. 3º Terminada la obra hay que esperar la licencia de primera ocupación o cedula de habitabilidad* que confirma ese espacio como apto para ser vivienda y que cumple los requisitos de seguridad para suministros y servicios. 4º Debemos comprobar la situación registral de nuestra "finca" en el registro de la propiedad. Para ello le podemos pedir los datos registráles al promotor o en su caso, en el registro de la propiedad nos dan una copia con la dirección. 5º El promotor puede haber realizado la obra con sus propios medios económicos (más nuestras aportaciones) o bien financiar esa promoción hipotecándola. En realidad lo que ha hipotecado es el solar y la obra que se ha ido levantado desde el suelo. En este segundo caso nuestra vivienda, que acaba de terminarse, está ya hipotecada por el promotor y por tanto podemos "quedarnos" con la hipoteca que ya tiene, cambiándola a nuestro nombre o buscarnos la financiación por nuestra cuenta. En todo caso es importante advertir que el promotor no nos puede obligar a quedarnos con su hipoteca - lo que se denomina legalmente subrogarse - y que si conseguimos nuestra propia hipoteca los gastos de cancelar la actual los tiene que pagar el promotor. 6º Sea con subrogación en la hipoteca del promotor, sea con nuestra hipoteca, vamos a firmar al notario para hacer la escritura pública de compraventa y la escritura de hipoteca. En las operaciones de segunda mano, igual pero más corto 1º Firmaremos una señal* y entregaremos un dinero a cuenta. 2º Comprobaremos la situación registral y legal de la vivienda. 3º Firmaremos un contrato privado donde entregaremos otra cantidad como parte de pago del piso. En este acuerdo queda reflejada la fecha de la escritura notarial y si existen cargas sobre la vivienda. En algunos casos, si la cosa va rápida, podemos ir directamente al Notario y no existe el contrato privado. Este paso puede no suceder si desde la entrega de la señal vamos directamente al Notario a firmar la escritura de compraventa. 4º Entretanto, buscaremos la hipoteca que se adapte a nuestras posibilidades y necesidades. 5º Una vez concedida la hipoteca por la entidad financiera vamos al Notario a firmar la escritura de compraventa y la escritura de hipoteca. Ten en cuenta que todas las comprobaciones y todos los tramites previos los realiza la entidad financiera en el caso de hayamos solicitado un préstamo hipotecario. En este caso la seguridad de la entidad nos favorece. |